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PADIMA NOTES Diciembre 2017
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[ Uso comercial futuro ]
Sentencia del Tribunal General de la UE de 7 de octubre de 2017. Asunto T-61/16. The Coca-Cola Company vs Modern Industrial & Trading Investment Co.Ltd (Mitico)/ EUIPO.
Objeto: Marca Europea. Artículo 8, apartado 5, y artículo 72, apartado 6, del Reglamento (UE) 2017/1001.
Resumen: El TG considera que la EUIPO estaba obligada a tener en cuenta las pruebas relativas al uso comercial del signo MASTER fuera de la UE. Entiende que el principio de territorialidad en derecho de marcas no excluye la posibilidad de tener en cuenta los actos de uso de la marca solicitada fuera de la UE para fundamentar una deducción lógica a fin de determinar si existe un riesgo futuro (no hipotético) de que el uso de ese signo en la UE suponga un aprovechamiento indebido de la notoriedad de las marcas de COCA-COLA. Según el TG, de una solicitud de MUE cabe deducir lógicamente que su titular tiene intención de comercializar sus productos en dicho territorio. Por todo ello, el TG concluye que la EUIPO incurrió en un error al no tener en cuenta esas deducciones lógicas.
*Fuente: curia.europa.eu[/vc_column_text][vc_gap height=»10″][vc_separator align=»left» style=»normal» type=»large» margin_top=»10″ margin_bottom=»25″][vc_gap height=»10″][vc_column_text]
[ Vínculo Económico ]
Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 20 de diciembre de 2017. Asunto C-291/16. Schweppes, SA vs Red Paralela, SL, Red Paralela BCN, S.L/ Orangina Schweppes Holding BV, Schweppes International Ltd, Exclusivas Ramírez, S.L.
Objeto: Cuestión prejudicial. Interpretación del art. 7.1 Directiva 2008/95 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008 y el art. 36 TFUE.
Resumen: El TJUE considera que el art. 7.1 de la Directiva, a la luz del art. 36 TFUE, debe interpretarse en el sentido de que el titular de una marca nacional no puede oponerse a la importación de productos idénticos designados con la misma marca y procedentes de otro Estado Miembro en el que esta marca (que pertenecía inicialmente al mismo titular) pertenece actualmente a un tercero, cuando tras la cesión el titular de la marca nacional ha seguido promoviendo activa y deliberadamente la apariencia de una marca global y única. Incluso aunque el titular no haya promovido esa imagen de marca global, no puede oponerse a la importación de productos cuando exista vínculos económicos entre él y dicho tercero, es decir, cuando coordinen sus políticas comerciales o acuerden ejercer un control conjunto sobre el uso de la marca.
*Fuente: curia.europa.eu[/vc_column_text][vc_gap height=»10″][vc_separator align=»left» style=»normal» type=»large» margin_top=»10″ margin_bottom=»25″][vc_gap height=»10″][vc_column_text]
[ Nueva Herramienta ]
Madrid Monitor.
A partir del 1 de enero de 2018 la herramienta Madrid Monitor pasará a reemplazar a las actuales ROMARIN, Madrid e-Alert y Madrid Realtime Status. Madrid Monitor pasará a ser la única herramienta de la OMPI que permitirá consultar las solicitudes y registros internacionales de marcas.
*Fuente: wipo[/vc_column_text][vc_gap height=»10″][vc_separator align=»left» style=»normal» type=»large» margin_top=»10″ margin_bottom=»25″][vc_gap height=»10″][vc_column_text]
[ Demanda contra farmacéutica ]
Médicos sin Fronteras demanda a la farmacéutica Gilead.
Médicos sin Fronteras ha interpuesto una demanda en la Oficina Estatal de la Propiedad Intelectual de China contra la farmacéutica estadounidense Gilead en un intento de impedir la concesión de una patente para tratar la hepatitis que combinaría dos medicamentos. La ONG justifica su acción como un intento por preservar el acceso a los genéricos por parte de la población china para el tratamiento de esta enfermedad.
*Fuente: lavanguardia.com[/vc_column_text][vc_raw_html]
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[ Dinámica pasiva ]
Nintendo sorprende con un robot caminante pasivo.
Una reciente patente de Nintendo sorprende al divulgar un robot que camina sin precisar de ningún mecanismo eléctrico o fuente de energía. Su funcionamiento se basa en el principio de dinámica pasiva, el cual aprovecha un cierto desnivel para mantener el movimiento una vez iniciado. Se desconoce la aplicación final a la que podría estar orientada esta tecnología o si se trata de una mera patente defensiva, lo que es incuestionable es la capacidad de innovación del gigante nipón.
*Fuente: nextn.es[/vc_column_text][vc_gap height=»10″][vc_separator align=»left» style=»normal» type=»large» margin_top=»10″ margin_bottom=»25″][vc_gap height=»10″][vc_column_text]
[ Blockchain y biotecnología ]
Blockchain para secuenciar el ADN y el ARN de plantas y animales.
La tecnología blockchain, basada en el almacenamiento de datos en cadenas de bloques, es la protagonista de multitud de patentes de reciente solicitud, muchas de ellas relacionadas con el comercio y las transacciones electrónicas. Sin embargo, esta tecnología es aplicable a cualquier campo imaginable, tal y como demuestra una reciente solicitud de patente de Intel, que utilizaría blockchain para secuenciar el ADN y el ARN de plantas y animales.
*Fuente: hardwaresfera.com
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[ Acceso a Internet ]
ESTADOS UNIDOS acaba con la neutralidad en el acceso a Internet.
Hace unos días los medios de comunicación se hicieron eco de la noticia sobre el fin de la neutralidad en el acceso a Internet, y hemos visto oportuno hacer un breve comentario sobre este acontecimiento.
En el año 2015 se puso en marcha una normativa para el acceso a Internet como un servicio básico, obligando a las compañías a garantizar un acceso igualitario a la red, sin discriminación en contenidos o datos. Ahora, se ha dado un importante paso atrás con la votación de la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC) de Estados Unidos, por tres a dos, del fin de esta normativa.
Internet ha dejado de ser considerado un servicio básico para los ciudadanos, dejando en manos de las compañías la calidad, velocidad y el acceso a la Red.
Este cambio puede llegar a afectarnos también en Europa, pues muchos de los servicios de Internet que utilizamos provienen de Estados Unidos, empezando, por ejemplo, por Google. Así, lo que las operadoras hagan en ese país puede repercutirnos a todos, al contenido que vemos, y a cómo accedemos a él.
Ver Noticia: huffingtonpost.es
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[ Desayuno ANIEME ]
“Vender tranquilo en Internet: ¿utopía o realidad?” jornada organizada por ANIEME con la colaboración de PADIMA y FORLOPD.
Cristina Martínez-Tercero e Iván Sempere introdujeron algunas claves fundamentales de cómo comercializar tus productos con seguridad y minimizar los riesgos desde el punto de vista de la protección de tus derechos de propiedad industrial e intelectual, ya sea a través de tu propia tienda online, de un marketplace o a través de la web de tu distribuidor.
#Ecommerce #Falsificaciones #IP #DerechoDigital[/vc_column_text][vc_gallery interval=»3″ images=»10457,10456,10455″ img_size=»full» autoplay=»yes»][vc_separator align=»left» style=»normal» type=»large» margin_top=»10″ margin_bottom=»25″][vc_gap height=»20″][vc_column_text]
#padimaprotege
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